Qué no te engañen con garantías que no son un seguro de alquiler
Casi el 20% de propietarios de seguros de alquiler se ven afectados por pólizas que son reales. Esta noticia nos llega como alerta del Observatorio Español del Seguro de Alquiler (OESA). En los últimos meses se han incrementado los seguros falsos. Desde MundoSeguros.net queremos ayudar a aclarar la confusión que existe entre pólizas reales y otras “garantías inútiles”. El verdadero problema estriba en que estas últimas no están sujetas a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y cuando toca reclamar, sólo son válidas las pólizas emitidas por agentes como nosotros.
Falsos seguros de alquiler
Son ya un alto número de dueños de inmuebles los que se encuentran con el problema cuando pretenden cobrar los meses que sus inquilinos dejaron de pagar. En estos dos últimos años, el número sigue creciendo, porque se siguen ofertando como «seguros» otros productos que no lo son y que no gozan de las mismas garantías de un seguro real.
Nuestra intención es asesorarte y ayudarte a distinguir entre una póliza de confianza. Para ello, compartimos el Decálogo actualizado que OESA ha puesto a nuestra disposición.
Decálogo de actuación para comprobar si un seguro de alquiler es falso.
- Comprobar que el producto lo comercializa un Corredor de Seguros especializado en impago de Alquiler. Los técnicos de nuestras oficinas están especializados y pueden darte una comparativa de las cotizaciones en diferentes aseguradora. Nosotros te escuchamos y después te asesoramos sobre la póliza idónea que necesitas para que elijas.
- Buscar referentes del Corredor de Seguros especializado elegido a través de su web y redes sociales. Chequear con qué compañías aseguradoras trabaja y recordar que las más especializadas en este tipo de seguro son ARAG, DAS, Mutua de Propietarios, Allianz y CASER. Antes de ofrecerte ninguna póliza, comparamos y realizamos simulaciones con las aseguradoras que se ajustan a lo que necesitas.
- Sospechar de los denominados productos de Garantía del Alquiler. Estos suelen ofrecerse a través de potentes y repetitivas campañas de publicidad como reclamo. La intervención y mediación de famosos en estas estrategias también es muy común, pero no por eso son más fiables. Los corredores de Seguros estamos instados a utilizar acciones y medios de carácter profesional.
- Comprobar que el precio del Seguro de Impago de Alquiler se encuentra en los márgenes correctos. Este precio oscila entre el 4% de la renta anual para una cobertura de 12 meses de alquiler. Es decir, 20 euros mensuales para un alquiler de 700 euros mensuales.
- Informarse sobre el estudio de viabilidad del inquilino que que debe hacer el mediador del seguro. En estos informes se detectan muchos casos de falsedad documental o de inquilinos que subarriendan los inmuebles que alquilan.
- Tras elegir una póliza tras una comparativa de varias, la contratación de la misma debe formalizarse en una agencia inmobiliaria o través del mediador, como nosotros. De este modo, aseguramos que los precios no se incrementan.
- Guardar los justificantes que aseguran la correcta contratación. En este sentido, lo primero que debemos hacer es recabar el consentimiento de tratamiento de datos de los inquilinos cuando facilitan sus datos, DNI y Nómina. Después con la confirmación de la contratación, debe exigirse la póliza en sí.
También debes saber que estás en tu derecho de exigir la posibilidad de contratar con o sin franquicia. En este último caso, se cobra la mensualidad a partir del primer mes en caso de siniestro. Esta modalidad es la más recomendada. Con franquicia se cobra a partir del segundo mes.
- Comprobar que, además de la garantía de la renta, el seguro cubre el resto de incidencia del arrendamiento como:
- Defensa jurídica profesional. Así se podrán realizar las acciones judiciales para la recuperación del inmueble.
- Indemnización por actos vandálicos al continente y al contenido (como pueden ser los desperfectos ocasionados en mobiliario, ropa, joyas, vajilla, productos electrónicos o electrodomésticos).
- Cobertura de deudas en las facturas de suministros (luz, agua, gas) e impagadas por el inquilino.
- Además de asistencia Jurídica telefónica ilimitada, servicio de limpieza de inmueble en caso de desahucio, cerrajero y cambio de cerradura.
Por último, es importante tener en cuenta que los Seguros de Impago de Alquiler son productos comercializados exclusivamente por aseguradoras, reguladas y avaladas por la Administración competente. Esto es, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que responde por dichas aseguradoras en caso de cualquier problema.
Si tienes alguna consulta y/o deseas que te asesoremos sobre tu caso, consúltanos.